El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó el proyecto de reglamento de la Ley N.º 32123, que busca modernizar el Sistema Previsional Peruano. Esta propuesta normativa estará abierta a comentarios ciudadanos por un período de 15 días calendario, a fin de recopilar sugerencias que enriquezcan su versión final.
¿Qué busca la nueva propuesta?
El reglamento plantea consolidar en un único marco legal al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y al Sistema Privado de Pensiones (SPP). La iniciativa propone un modelo multipilar, que garantice una pensión mínima universal, incluso para aquellos sin vínculo laboral formal.
Principales Cambios del Proyecto
🔹 Afiliación Obligatoria desde los 18 Años
A partir del 1 de junio de 2027, toda persona que cumpla 18 años y resida en el Perú deberá afiliarse al sistema previsional, eligiendo entre SNP o SPP. De no hacerlo en un plazo de 12 meses, será afiliado automáticamente al SNP.
🔹 Aportes Obligatorios para Independientes
Desde 2028, los trabajadores independientes que emitan recibos por honorarios deberán aportar obligatoriamente al sistema previsional. La tasa empezará en 2% y aumentará progresivamente hasta llegar a 5%.
🔹 Aporte por Consumo
Se implementará un mecanismo de aporte voluntario del 1% sobre el consumo en establecimientos que emiten boletas electrónicas, con el objetivo de fortalecer el fondo previsional de quienes aún no acceden a una pensión.
🔹 Restricciones a Retiros Extraordinarios
El proyecto limita el retiro del 95.5% del fondo jubilatorio, especialmente para afiliados menores de 40 años, y prohíbe futuros retiros extraordinarios con el fin de asegurar una pensión vitalicia.
🔹 Supervisión y Rentabilidad Mínima
La SBS supervisará a las entidades del SPP, exigiendo una rentabilidad mínima y la obligación de compensar a los afiliados si sus fondos rinden por debajo del portafolio de referencia.
📬 ¿Dónde consultar y enviar sugerencias?
El reglamento completo y su exposición de motivos están disponibles en la plataforma digital del MEF. Las sugerencias pueden enviarse mediante un formulario virtual o presentarse físicamente en la Mesa de Partes del ministerio.
La Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado será la encargada de revisar los aportes ciudadanos antes de la aprobación definitiva del reglamento.
Fuente: Expreso
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