El 16 de enero de 2026, la Corte Suprema del Perú confirmó en segunda instancia de manera definitiva las penas de más de 30 años de prisión efectiva contra Jonny Coico Sirlopú y Vilma Zeña Santamaría por el delito de trata de personas agravada con fines de explotación laboral y esclavitud, vinculada a la muerte de jóvenes ocurrida en el incendio de la galería Nicolini en junio de 2017. La sentencia, ratificada tras desestimar recursos de apelación y casación, se erige como un precedente histórico en la justicia penal peruana en materia de esclavitud laboral y homicidio resultante de condiciones de trabajo extremas. El fallo refuerza los criterios judiciales sobre la responsabilidad penal por vulneración extrema de derechos laborales fundamentales y la protección de víctimas vulnerables.
1. Introducción y contexto
El llamado Caso Nicolini refiere a un siniestro ocurrido en junio de 2017 en la GALERÍA NICOLINI, ubicada en la zona comercial de Las Malvinas (Cercado de Lima), que dejó a dos jóvenes fallecidos y a varios sobrevivientes con diversas secuelas. Un componente jurídico central de este caso fue la constatación de condiciones de trabajo extremadamente precarias y la configuración de un esquema de explotación laboral asimilable a esclavitud, según la investigación fiscal y la calificación penal.
1.1 Hechos básicos del caso
Según la investigación del Ministerio Público, las víctimas entre ellas Jovi Herrera Alania y Jorge Luis Huamán Villalobos trabajaban bajo condiciones inhumanas en un contenedor metálico en el quinto piso de la galería, encerrados con candados, con escasa ventilación, sin acceso a servicios higiénicos, alimentación adecuada ni libertad de salida, laborando largas jornadas por un salario muy bajo y sin derechos laborales básicos.
2. Fundamento jurídico de la condena
2.1 Tipificación penal
Los condenados Coico Sirlopú y Zeña Santamaría fueron procesados por el delito de trata de personas agravada con fines de explotación laboral y esclavitud, tipificado en el Código Penal peruano como una forma extrema de vulneración de los derechos de la persona, que se agrava adicionalmente cuando conduce a la muerte de las víctimas. La tipificación considera la ausencia de consentimiento real, la restricción de la libertad, los beneficios económicos ilícitos para los empleadores y el carácter sistemático de las prácticas laborales irregulares.
2.2 Penas aplicadas
En primera instancia, en 2018, el 46° Juzgado Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima impuso 35 años de prisión efectiva a Coico y 32 años a Zeña por la muerte de los dos jóvenes y las condiciones de explotación laboral. Estas penas fueron confirmadas de manera definitiva por la Corte Suprema al declarar infundados los recursos de casación y apelación interpuestos por la defensa.
3. Desarrollo procesal y confirmación
3.1 Confirmación en segunda instancia
La Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Trata de Personas de Lima Centro logró la ratificación de las condenas en segunda instancia, incluyendo la confirmación de la pena de 32 años de prisión para Vilma Zeña tras su recurso de apelación, desestimado en diciembre de 2025. La Corte Suprema también rechazó los recursos de casación presentados por los acusados, consolidando así las penas por explotación laboral y muerte de las víctimas.
3.2 Reparaciones civiles y medidas accesorias
Además de las penas privativas de libertad, el fallo judicial ordenó la inhabilitación para contratar con el Estado por el mismo tiempo de las condenas y el pago de reparación civil a favor de los sobrevivientes y de los herederos de las víctimas, lo que constituye una dimensión reparadora del proceso penal.
4. Análisis doctrinal y relevancia jurisprudencial
4.1 Precedente en el derecho penal peruano
La ratificación de estas condenas se considera un hito jurisprudencial en el Perú, ya que representa la primera confirmación de sentencias por el delito de esclavitud laboral con penas de tan larga duración, reflejando una firmeza judicial en la persecución penal de formas extremas de explotación laboral. Este precedente contribuye a consolidar criterios interpretativos sobre la gravedad de delitos que combinan trata de personas, condiciones de trabajo degradantes y consecuencias letales.
4.2 Protección a grupos vulnerables
El caso también se inscribe en la protección de jóvenes y trabajadores vulnerables frente a prácticas laborales informales y abusivas, en un contexto de informalidad laboral persistente en el Perú. La sentencia enfatiza la responsabilidad penal de empleadores que, mediante condiciones degradantes, lucran con la necesidad de trabajadores sin garantizar el respeto de derechos fundamentales.
5. Implicaciones para justicia penal y derechos humanos
5.1 Fortalecimiento de la persecución penal de explotación laboral extrema
La decisión de la Corte Suprema envía una señal institucional clara respecto a la intolerancia del sistema de justicia penal frente a formas graves de explotación laboral que equivalen a esclavitud, reforzando el mandato constitucional de protección de la libertad personal y del trabajo digno.
5.2 Prevención y políticas públicas
Además de su impacto judicial, el caso plantea la necesidad de políticas públicas más firmes para prevenir situaciones de vulnerabilidad laboral, fomentar la formalización del empleo y fortalecer mecanismos de inspección y sanción frente a prácticas laborales irrespetuosas de normas laborales y de seguridad y salud en el trabajo.
6. Conclusión
La ratificación en 2026 de las condenas de más de 30 años de prisión contra los responsables del Caso Nicolini representa un precedente histórico en la justicia penal peruana en materia de trata de personas y explotación laboral extrema con resultado de muerte. La firmeza de la Corte Suprema en sostener estas penas, así como las medidas accesorias impuestas, subrayan el compromiso del sistema de justicia con la protección de derechos fundamentales y con la sanción de prácticas que atentan contra la dignidad humana y la libertad personal. Este fallo no solo consolida criterios jurisprudenciales sobre esclavitud laboral, sino que también plantea desafíos para fortalecer la prevención de condiciones laborales abusivas y mejorar la protección de trabajadores en contextos formales e informales.
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