En teoría, las contrataciones menores a 8 UIT deberían ser las más fáciles de ejecutar en el sistema de adquisiciones públicas. Rápidas, operativas, simples. El oxígeno necesario para que las entidades puedan seguir funcionando sin paralizarse por trámites eternos.
Pero con la entrada en vigor de la Ley N.º 32069 – Ley General de Contrataciones Públicas, este tipo de adquisiciones ha dejado de ser el “camino corto” que conocíamos.
¿Estamos hablando de una mejora técnica o simplemente hemos envuelto el trámite en papel celofán para que parezca más eficiente de lo que realmente es?
📌 Lo que cambió (y no es poca cosa)
Con esta nueva ley, se deja atrás el concepto de “procedimientos especiales” o «procesos simplificados» para estas contrataciones pequeñas. En su lugar, se crea un régimen único y obligatorio para todas las contrataciones menores a 8 UIT.
Sí, lo leyó bien: todas. Ya no importa si se trata de adquirir 4 botellas de lejía o contratar el servicio de fumigación para una posta médica. Todo entra al mismo saco normativo.
¿Qué implica esto en la práctica?
- ✅ Las contrataciones menores deben registrarse obligatoriamente en PLADICOP (la nueva plataforma digital que reemplaza al SEACE).
- ✅ Se exige una estrategia de contratación, aunque sea para compras ínfimas.
- ✅ Debe haber planificación previa: si no está en el PAC, no se ejecuta.
- ✅ Ya no se puede improvisar: debe haber sustento técnico, control presupuestal, y trazabilidad documentada.
En resumen, adiós al “compra nomás” de hace unos años.
🧠 ¿Pero no se suponía que esto era “simplificado”?
La gran contradicción es esa: el espíritu de la norma habla de simplificación, pero el efecto real es otro.
Sí, hay procedimientos estandarizados. Sí, todo es digital.
Pero la carga que se ha trasladado al operador logístico o a la oficina de abastecimiento es cada vez más pesada, incluso para compras menores.
¿Tiene lógica que una compra de 1,200 soles requiera una estrategia?
¿De verdad se espera que en un colegio público en la sierra, con un solo administrativo, se suba todo eso a PLADICOP con la misma eficiencia que una gran entidad en Lima?
La idea de trazabilidad es correcta. La ejecución, en algunos casos, parece diseñada por alguien que jamás ha gestionado una compra menor bajo presión.
⚖️ Control sí, pero con sensatez
Es evidente que muchas irregularidades se cometían antes usando el mecanismo de contratación menor como fachada: fraccionamientos, direccionamientos, proveedores de confianza, o procesos fantasma. Eso había que corregirlo.
Pero ahora, la solución ha sido cargar a todos por igual, incluso a quienes nunca usaron mal el sistema.
Y aquí viene el riesgo real: que la sobrerregulación termine paralizando las compras legítimas, especialmente en entidades que no tienen ni tiempo ni recursos humanos capacitados para llenar cada paso del nuevo procedimiento.
🔍 ¿Y qué hacemos entonces?
Lo lógico sería aplicar el mismo enfoque de riesgo que usamos en otras áreas del Estado.
Por ejemplo:
- 🔸 Establecer niveles diferenciados dentro del mismo rango de ≤ 8 UIT (ej. hasta 2 UIT: proceso simplificado real, sin estrategia obligatoria).
- 🔸 Permitir compras directas en casos justificados sin exigir registro previo en PAC, pero sí registro posterior para control.
- 🔸 Usar la trazabilidad digital como herramienta de vigilancia posterior, no como camisa de fuerza previa.
- 🔸 Hacer que el control concurrente se enfoque en anomalías reales, no en el exceso de requisitos formales.
No se trata de volver al descontrol. Se trata de aplicar inteligencia operativa, diferenciando entre comprar bienes de uso diario y adjudicar contratos más complejos.
La Ley N.º 32069 tiene muchos méritos, y las contrataciones menores no deben quedar fuera del radar de control. Pero entre vigilar y burocratizar hay un mundo de diferencia.
Porque lo que antes era una herramienta ágil para mantener servicios básicos ahora corre el riesgo de convertirse en una carga operativa innecesaria, que ralentiza lo urgente y frustra a quienes solo quieren que su entidad funcione.
En vez de asumir que todos los que compran por debajo de 8 UIT son sospechosos, deberíamos construir un sistema que reconozca las buenas prácticas, agilice lo simple y sancione lo que debe sancionarse.
La transparencia no puede lograrse a costa de la eficiencia. Y mucho menos, del sentido común.
Y si después de leer todo esto te estás preguntando cómo aplicar correctamente estos cambios, cómo no perderte entre estrategias, trazabilidad y PAC, o simplemente cómo cumplir con la Ley N.º 32069 sin ahogar tu operatividad, en CEPEG tenemos la respuesta.
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