El presente artículo examina los fenómenos económicos que funcionan como «impuestos de facto» en el Perú, a pesar de no ser recaudados por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT). Se analizan tres categorías principales: el impuesto inflacionario, los costos de seguridad privada (derivados de la ineficiencia estatal) y los sobrecostos por informalidad. El estudio concluye que esta carga invisible distorsiona la asignación de recursos y penaliza desproporcionadamente a la clase media y a las microempresas, reduciendo el ingreso disponible sin generar contraprestaciones públicas directas.
1. Introducción: Más allá del RUC
Cuando hablamos de impuestos, solemos pensar en el IGV o el Impuesto a la Renta. Sin embargo, para marzo de 2026, el debate económico se ha desplazado hacia los «costos sombra». Estos son desembolsos obligatorios que el ciudadano realiza no por voluntad, sino por la necesidad de cubrir deficiencias del Estado o por distorsiones macroeconómicas. Como diría un economista pragmático: “Si drena tu riqueza y no tienes opción de evitarlo, para tu billetera es un impuesto, aunque no tenga resolución de determinación”.
2. El Impuesto Inflacionario: El Gravamen Silencioso
La inflación es, técnicamente, una transferencia de riqueza de los tenedores de dinero hacia el emisor (el Estado) o una pérdida neta de poder adquisitivo.
2.1. Mecanismo de Erosión
Aunque el BCRP mantiene una meta de inflación, cualquier incremento en el índice de precios al consumidor (IPC) actúa como un recorte salarial automático. En 2026, si la inflación se sitúa en 3.5%, un ciudadano que mantiene ahorros bajo el colchón o en cuentas sin intereses está «pagando» ese porcentaje al mercado, perdiendo capacidad de consumo de manera irreversible.
3. El «Impuesto a la Seguridad»: Pagando por un Derecho
Uno de los rubros más críticos en 2026 es el gasto preventivo contra la criminalidad. Ante la crisis de seguridad ciudadana, las familias y empresas han internalizado costos que deberían ser cubiertos por los impuestos generales.
| Concepto de Gasto | Naturaleza del «Impuesto» | Impacto Estimado |
| Seguridad Privada | Pago doble: Impuestos para la PNP + Pago de vigilantes. | 2% – 5% de los ingresos de una PYME. |
| Extorsiones («Cupos») | Impuesto ilegal recaudado por el crimen organizado. | En sectores como construcción, representa hasta el 10% del costo de obra. |
| Blindaje y Tecnología | Gasto en cámaras, cercos y alarmas. | Gasto fijo anual creciente en hogares de NSE B y C. |
4. El «Impuesto a la Ineficiencia» (Shadow Tax)
Este concepto se refiere a la necesidad de pagar por servicios privados porque los públicos son deficientes.
- Salud: El pago de seguros privados o medicina de bolsillo debido a la demora en citas de EsSalud o el SIS.
- Educación: La migración a colegios privados por la brecha de calidad en el sector estatal.
- Agua y Logística: En zonas periurbanas, el pago a camiones cisterna es hasta 10 veces más caro por metro cúbico que la tarifa de Sedapal, lo que constituye un «impuesto a la pobreza».
5. Costos de Cumplimiento: El Impuesto del Tiempo
La burocracia genera un costo de oportunidad. El tiempo que un emprendedor peruano dedica a trámites municipales, licencias y registros es tiempo que no dedica a producir.
Dato Académico: Se estima que los costos de cumplimiento regulatorio en el Perú equivalen a un «impuesto» adicional del 1% al 2% del PBI, afectando principalmente la competitividad de las exportaciones no tradicionales.
6. Conclusión
Identificar los «impuestos» que la SUNAT no cobra es fundamental para entender por qué, a pesar de tener una presión tributaria relativamente baja comparada con la OCDE, el peruano siente que el dinero «no le alcanza». La solución no es solo bajar los impuestos oficiales, sino reducir los impuestos invisibles mediante la mejora de la seguridad, la estabilidad de precios y la eficiencia en la provisión de servicios básicos.
En 2026, la verdadera reforma tributaria no se hará en las oficinas de la SUNAT, sino en las calles y en la simplificación administrativa del Estado.
Leave a comment