En la gestión pública, las contrataciones menores o iguales a 8 UIT suelen verse como procesos rápidos y sencillos. El razonamiento es simple: si el monto es bajo, el riesgo también lo es. Pero la realidad demuestra lo contrario: estas adquisiciones “chiquitas” suelen generar más problemas de los que uno imaginaría. Y lo curioso es que, pese a su aparente simplicidad, son justamente las que más observaciones reciben por parte de los órganos de control.
La falsa sensación de simplicidad
La Ley N.° 32069, que regula las contrataciones del Estado, establece que todos los procesos —sin importar el monto— deben regirse por los mismos principios: valor por dinero, integridad, transparencia, sostenibilidad, competencia y equidad.
Aquí nace la primera confusión: algunos funcionarios creen que, porque no se trata de una licitación pública millonaria, se puede “relajar” el expediente de contratación. Craso error. Un requerimiento mal sustentado o una indagación de mercado deficiente en una compra de 5 mil soles tiene la misma consecuencia que en un proceso de 5 millones: observaciones, sanciones y responsabilidades.
Casos insólitos que terminan en sanción
Para entender mejor la dimensión del problema, basta revisar ejemplos reales:
- El fraccionamiento disfrazado de oportunidad: municipios que compran mobiliario en varias órdenes de 7.9 UIT, en vez de convocar un solo proceso que supere el límite. Resultado: sanción por fraccionamiento indebido.
- Indagación de mercado en piloto automático: contratar servicios de limpieza o impresión sin un análisis serio del costo promedio. En más de una ocasión, la Contraloría ha detectado sobreprecios de hasta 40 %.
- Compras insólitas: adquisiciones llamativas, como sillas ergonómicas de lujo o sets de café con precios inflados, todas bajo el paraguas de “menor cuantía”.
El Tribunal de Contrataciones del Estado ha sido tajante en este punto. En resoluciones como la N.° 1708-2021-TCE, se ha precisado que el fraccionamiento constituye una infracción grave, pues distorsiona el mercado y vulnera el principio de transparencia.
La lupa del control
Aunque los montos sean bajos, estas contrataciones no pasan desapercibidas. Al contrario, los órganos de control las vigilan de cerca:
- La Contraloría General de la República realiza auditorías de oficio, revisando desde el requerimiento hasta la conformidad del bien o servicio.
- El OECE, a través del Tribunal de Contrataciones, sanciona tanto a proveedores como a funcionarios cuando detecta infracciones.
La lógica detrás de esta atención es sencilla: estas contrataciones representan el 80 % o más de los procesos de adquisición en entidades públicas. Su impacto agregado es enorme en el presupuesto estatal.
El costo oculto de los errores pequeños
Un error en una contratación de 10 mil soles puede derivar en consecuencias que superan con creces ese monto:
- Sanciones administrativas que inhabilitan a funcionarios por varios meses o años.
- Procesos sancionadores contra proveedores que los excluyen del mercado público.
- Observaciones de la Contraloría, que manchan la gestión de toda la entidad y generan pérdida de confianza ciudadana.
En definitiva, lo barato sale caro. Lo que parecía una compra menor termina siendo un expediente voluminoso lleno de observaciones.
Buenas prácticas para evitar dolores de cabeza
- Planificación clara del requerimiento: justificar la necesidad real y evitar duplicidades.
- Indagación de mercado documentada: no copiar precios al azar; se deben sustentar con cotizaciones verificables.
- Cautela con el fraccionamiento: mejor un proceso mayor transparente que varios pequeños cuestionables.
- Publicación en SEACE: aun siendo un procedimiento simplificado, la transparencia exige trazabilidad.
- Capacitación constante del personal: la normativa cambia y los errores suelen venir de la desactualización.
Las contrataciones menores a 8 UIT no son “atajos” para comprar rápido ni procesos de baja importancia. Son, en realidad, el corazón de la gestión pública cotidiana: las compras del día a día que sostienen el funcionamiento de las entidades.
La gran lección es que no se trata de gastar poco, sino de gastar bien. Porque la responsabilidad no depende del monto, sino de la integridad con que se actúe. Y aquí lo curioso: en contratación pública, los procesos más pequeños suelen dar las lecciones más grandes.
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