La ejecución contractual es la etapa donde se materializa el objeto de contratación pública. Verificar su cumplimiento no solo es responsabilidad de la entidad contratante, sino también de los órganos de control y de la ciudadanía fiscalizadora. Este artículo propone criterios técnicos, normativos y operativos para evaluar si un contrato público se está cumpliendo, conforme a la Ley General de Contrataciones Públicas del Perú (Ley N.º 32069), su Reglamento vigente y las buenas prácticas de trazabilidad institucional.
1. Introducción:
La contratación pública no culmina con la adjudicación, sino con la ejecución efectiva del contrato. En esta etapa, se verifica si el proveedor cumple con lo pactado en términos de calidad, plazo, condiciones técnicas y entrega. La supervisión adecuada, la documentación completa y el registro oportuno en SEACE 3.0 son claves para garantizar la legalidad y eficiencia del gasto público.
2. Marco normativo:
- Ley Nº 32069 – Ley General de Contrataciones Públicas (2025)
- Reglamento aprobado por D.S. Nº 009-2025-EF
- Manual de Ejecución Contractual – OSCE (2024)
- Guía de Control Concurrente – Contraloría General de la República (2023)
- Plataforma SEACE 3.0 – Registro de ejecución contractual y conformidad
3. Criterios para verificar el cumplimiento de un contrato público:
a. Conformidad técnica documentada
Debe existir un acta o informe de conformidad emitido por el área usuaria o supervisora, que certifique que el bien, servicio u obra cumple con lo pactado.
b. Trazabilidad documental
El expediente debe contener el contrato firmado, el requerimiento aprobado, el TDR o ficha técnica, las órdenes de compra o servicio, y las actas de entrega.
c. Cumplimiento de plazos contractuales
La entrega debe realizarse dentro del plazo establecido, salvo ampliaciones debidamente sustentadas y aprobadas.
d. Ejecución presupuestal registrada
El pago debe estar respaldado por la conformidad técnica y registrado en el sistema financiero institucional.
e. Registro en SEACE 3.0
La ejecución contractual debe estar publicada en la plataforma, incluyendo la conformidad, penalidades (si las hubiera) y cierre del procedimiento.
f. Supervisión efectiva
En contratos de obras o servicios especializados, debe existir supervisión técnica continua con informes periódicos.
4. Recomendaciones operativas:
- Establecer flujos interáreas para la supervisión, conformidad y pago.
- Capacitar al personal en redacción de actas de conformidad y control de plazos.
- Usar listas de verificación para validar el cumplimiento antes de autorizar el pago.
- Publicar la ejecución contractual en SEACE 3.0 conforme a los plazos normativos.
- Incorporar indicadores de cumplimiento en el POI y en los informes de gestión.
5. Conclusión:
Verificar el cumplimiento de un contrato público exige más que revisar si se entregó un bien o se prestó un servicio. Requiere trazabilidad, supervisión técnica, documentación completa y registro digital. Estas acciones fortalecen la transparencia, previenen observaciones de control y garantizan que el gasto público cumpla su finalidad.
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